NICARAGUA. Ministerio del Interior -Norma Ministerial- Sobre fiscalización de las Organizaciones Sin Fines de Lucro, y prevención del financiamiento del terrorismo. Incluye dentro de las OSFL a las organizaciones que tienen fines caritativos, educativos, y religiosos (entre otros).
Palabras clave:
organización sin fines de lucro, fundación, control administrativo, relación iglesia estadoResumen
NICARAGUA. Ministerio del Interior -Normas Ministeriales- Sobre la fiscalización de las Organizaciones Sin Fines de Lucro, y la prevención del financiamiento del terrorismo. Incluye dentro de las OSFL a las que tienen fines caritativos, educativos, y religiosos (entre otros fines).
Define de la siguiente forma a los Organismos Sin Fines de Lucro (OSFL): Personas jurídicas o estructuras legales u organizaciones que principalmente se desempeñan en la recolección o ejercicio de fondos para fines caritativos, religiosos, culturales, educativos, sociales o fraternales, o para llevar a cabo otro tipo de “buenas obras”.
Se publica además el texto consolidado de la Ley General de Regulación y Control de Organismos Sin Fines de Lucro, (Ley 1115 de 2024)
Fuente: https://www.asamblea.gob.ni/
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Derechos de autor 2025 Boletín Jurídico del Observatorio de Libertad Religiosa de América Latina y El Caribe

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